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Una agencia deberá devolver el dinero cobrado a una mujer por una adopción frustrada en Rusia

el mundo 19/10/2016

En mitad del proceso, Putin prohibió a solteros y gays adoptar, y ahora la Audiencia estima que el daño no debe ser sólo soportado por la adoptante. [...]

 Hasta ahora, las adopciones que se frustran en medio del proceso por un cambio de legislación en el país de origen del niño suponen un dinero perdido para los adoptantes, que no pueden recuperar las cantidades pagadas a las agencias de mediación con las que contratan ese prohijamiento. Hasta ahora. Porque una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, la primera en España que establece un cambio en este sentido, obliga a una agencia de adopción internacional española a devolver a I. L. la mitad de lo gastado en el proceso. En concreto, 9.037,24 euros.

 «El hecho de que la entrada en vigor de la nueva ley federal afectase de manera determinante la relación contractual de las partes no es algo que pueda ser controvertido, no siendo aceptable que una de las partes, la actora, haya de asumir las consecuencias desfavorables de la nueva legislación en su relación contractual (...) Habrá de restaurarse la proporcionalidad rota por el cambio de circunstancias». Lo establece una sentencia de la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid al resolver el recurso de apelación que I. L. interpuso ante un primer fallo de un juzgado que absolvía de toda responsabilidad financiera a la Asociación Española de Atención y Apoyo a la Familia y Adopción (Asefa).


 

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